Área de Inocuidad de alimentos

La inocuidad de los alimentos destinados al consumo humano es una función esencial de la salud pública y como tal, integra el contenido esencial del derecho constitucionalmente reconocido a la salud.

El objetivo de la Ley de Inocuidad de los Alimentos es garantizar la inocuidad de los alimentos destinados al consumo humano a fin de proteger la vida y la salud de las personas, con un enfoque preventivo e integral a lo largo de toda la cadena alimentaria, incluido los piensos.

La Dirección de Control y Vigilancia, en materia de la inocuidad de los alimentos, tiene como una de sus funciones, realizar acciones de vigilancia y supervigilancia, conforme a la normatividad vigente, con la finalidad de identificar y controlar los factores de riesgo físicos, químicos y biológicos externos a la persona en materia de salud ambiental e inocuidad alimentaria.

Normativa

  1. Ley N° 26842 - Ley General de Salud y sus modificatorias.
  2. Decreto Supremo N° 007-1998-SA, que aprueba el Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas y sus modificatorias.
  3. Ley N° 1062 - Ley de Inocuidad de los Alimentos y su Reglamento.
  4. Norma Sanitaria para la Aplicación del Sistema HACCP en la Fabricación de Alimentos y bebidas, aprobada por R.M. N° 449-2006/MINSA.
  5. Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444-Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado con Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.