EL GRAN RETO DE SALUD: LA INOCUIDAD DE LOS ALIMENTOS

El Perú al igual que muchos países de América y del mundo reconoció en su momento la necesidad de controlar la producción de alimentos en todas sus etapas, hasta el consumo, cuando las autoridades de salud se percataron de la ocurrencia de casos de enfermedades ligadas al consumo de alimentos presuntamente contaminados con agentes patógenos, fue el caso de la Fiebre tifoidea y el consumo de verduras, aguas y refrescos contaminados, la Teniasis por consumo de carne de cerdos criados de forma insalubre, parasitados muchas veces con las larvas infectantes (cisticercos); advertidos de estos riesgos, el primer paso que dieron nuestras autoridades sanitarias, fue la aprobación y publicación del Código Sanitario de Alimentos el año 1963, documento que fue una adopción del Código Latinoamericano de Alimentos publicado en 1960 como resultado del trabajo de una comisión reunida en Buenos Aires bajo la presidencia del Dr. Carlos Grau delegado de Argentina con representantes de los países de América Latina, entre ellos el Dr. Carlos Collazos Chiriboga por parte del Perú.

En el Código peruano, como era de esperarse el Sector Salud asume el rol del control sanitario de los alimentos en general y delega en los sectores de Agricultura, Pesca la producción primaria y la captura y extracción o recolección, respectivamente y en los Gobiernos locales la comercialización, elaboración y expendio de los alimentos en general.

Al aprobarse el Código Sanitario de Salud Decreto Ley 17505 el año 1969, incorpora en este al Código Sanitario de Alimento con la denominación de Reglamento Sanitario de Alimentos y como tal permanece hasta el año 1998, en que como parte de la nueva Ley de Salud N° 26842 (año 1997) surge el Reglamento de Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas aprobado por D.S. N° 007-98-SA y en este nuevo instrumento legal, se encarga directamente a los sectores la responsabilidad de la vigilancia, así al sector Agricultura la vigilancia sanitaria de los productos del agro y proponer los Códigos de Buenas Prácticas agrícolas, Pecuarias, avícolas, el reglamento de la producción lechera y la vigilancia de la prohibición del riego de hortalizas y frutos de tallo corto de consumo crudo con aguas servidas o contaminadas por estas; al sector Pesca la vigilancia de los productos hidrobiológicos, especialmente la prohibición de la captura, extracción o recolección de productos en zonas cercanas a los emisores de aguas servidas, dentro de un radio de dos millas marinas del punto de descarga del colector, entre otras responsabilidades.

Al Sector Salud se le responsabiliza la vigilancia sanitaria de los alimentos industrializados, el almacenamiento y reenvasado de los mismos así como la alimentación destinada a los pasajeros de los medios de transporte, la alimentación colectiva y de hospitales.

Y finalmente al los gobiernos locales se les encarga la vigilancia de la comercialización, elaboración y expendio de alimentos incluida la venta callejera de alimentos.

Si pretendiéramos efectuar una evaluación panorámica de las acciones desarrolladas por los sectores podríamos afirmar que en los más de once años que tiene el Reglamento, los mandatos de D,S. 007-98-SA a pesar de los esfuerzos, todavía no se han cumplido a cabalidad ; aún se siguen regando verduras con aguas servidas (Callao: Oquendo y San Agustín) y aún no se han dado los Códigos de BP Agrícolas, Pecuarias, avícolas entre los señalados por el Reglamento, los productos de la pesca se venden sin cadena de frío, y aún se detectan contaminaciones de algunos productos como las palabritas con el Virus de Hepatitis A. Una explicación a esta situación podría ser que las Políticas se orientan principalmente a la producción y no han tomado en cuenta la calidad sanitaria de ésta, cómo un valor agregado para lograr una producción competitiva en el mercado nacional y sobre todo el de exportación.

Un suceso positivo, que ha nuestro criterio ha venido a resolver esta situación es la promulgación de la Ley de Inocuidad de los Alimentos aprobada por el Decreto Legislativo N° 1062 del año 2008, dispositivo legal que establece entre los principios de una Política de Inocuidad de Alimentos, el derecho a un alimentación saludable y segura y comprometiendo en el ejercicio de este derecho, la participación de todos los actores involucrados a lo largo de la cadena alimentaria, como son: autoridades competentes, consumidores y agentes económicos, vale decir productores (primarios y procesadores).

Entre las ventajas u oportunidades que nos ofrece esta Ley, es que reitera una vez más y sin lugar a duda o confusión, el rol o responsabilidad de cada uno de los sectores, incluidos gobiernos regionales y locales en el ejercicio de sus funciones en el campo de la inocuidad de los alimentos.

Esta ley y su implementación también nos permitirá enfrentar de forma mancomunada los peligros alimentarios emergentes y los factores que lo condicionan, entre los cuales podemos mencionar: el incremento de patógenos tradicionales y emergentes como la Listeria monocytogenes, Escherichia coli serotipo 0157:H 7, Criptosporidium parvum; factores de índole social como: los nuevos hábitos alimentarios: carnes poco cocidas, dieta vegetarianas o dietas light con verduras crudas, comidas diferidas (Bufett); mayor consumo de alimentos fuera de casa, incluida la de venta callejera, consumidores cada vez mas exigentes y organizados, incremento del turismo gastronómico y mega eventos alimentarios en fiestas patronales, ferias y acontecimientos religiosos; factores de tipo comercial como: los productos “Bamba” o adulterados, empleando insumos de mala calidad o prohibidos, productos de descarte ( Como huevos de mala calidad o añejos con mayores posibilidades de albergar Salmonellas), pescado alterados que han permanecido horas y hasta días sin cadena de frío; factores de tipo tecnológico como. nuevas modalidades de empaques y de los materiales de los envases, nuevos aditivos, nuevos productos como alimentos enriquecidos, naturales, ligh, transgénicos, etc. ; factores de orden político como son los TLC, Acuerdo internacionales como los adoptados con OMC o MSF, incremento del comercio fronterizo, las Crisis Alimentarías Internacionales ( Dioxina, Melamina, EEB, etc.). Como observamos es todo un abanico de responsabilidades que atender en el marco de la Inocuidad alimentaria

COMISIÓN MULTISECTORIAL PERMANENTE DE INOCUIDAD ALIMENTARIA - COMPIAL

El mejor y mayor atributo de la Ley de Inocuidad de los Alimentos es la creación de un instrumento de coordinación que es la Comisión Multisectorial Permanente de Inocuidad Alimentaria (COMPIAL), constituida por el Ministerio de Salud, quien la preside, Ministerio de Agricultura y Ministerio de la Producción y que está adscrita al Ministerio de Salud. La COMPIAL cuenta con un Reglamento de funcionamiento y se le encarga la coordinación y el seguimiento de la aplicación de la Ley en los diferentes niveles de gobierno, así como la coordinación con los consumidores y los diferentes agentes económicos involucrados en cualquiera de las etapas de la cadena alimentaria

LEY DE INOCUIDAD DE LOS ALIMENTOS, LEY N° 1062, 28 junio 2008

Título III.- De las Autoridades Competentes
Artículo 13°.- Comisión Multisectorial Permanente de Inocuidad Alimentaria
  • Créase la Comisión con el objetivo de coordinar las actividades sectoriales y con la sociedad civil que garantice la inocuidad de los alimentos en toda la cadena alimentaria a fin de proteger la vida y la salud de las personas
  • Constituida por los Ministerios de Salud (preside), Agricultura y Producción.
  • Coordinará y efectuará el seguimiento de la aplicación de la presente ley con los diferentes niveles de gobierno.
  • Velará porque las autoridades de todos los niveles de gobierno apliquen procedimientos exhaustivos q contemplen el retiro rápido de los productos alimenticios alterados, contaminados, adulterados, falsificados o que hayan sido declarados no aptos para el consumo humano por el organismo correspondiente.

FUNCIONES DE LA COMPIAL:

REGLAMENTO DE LA LEY DE INOCUIDAD DE LOS ALIMENTOS, D.S. 034-2008-AG

Artículo 30°.- De las funciones de la Comisión
  • Proponer la política nacional en materia de inocuidad de los alimentos y piensos;
  • Promover la armonización y equivalencia de normas nacionales con las internacionales en inocuidad de alimentos y piensos;
  • Coordinar las actividades de vigilancia y control en inocuidad de los alimentos y piensos a cargo de las autoridades competentes de nivel nacional;
  • Proponer un sistema de alerta sanitaria rápida intersectorial sustentado en la rastreabilidad;
  • Coadyuvar a la conciliación de cualquier conflicto de competencias entre las autoridades de nivel nacional, regionales y locales en materia de inocuidad de alimentos y piensos;
  • Identificar fuentes de cooperación técnica para la gestión, desarrollo e investigación de temas transversales en materia de inocuidad de alimentos y piensos;
  • Convocar, cuando lo estime pertinente, a entidades especializadas del sector público, privado, sector académico, expertos, organizaciones de consumidores, entre otros;
  • Emitir opinión técnica sobre los proyectos de normas regionales en materia de inocuidad de los alimentos.

REPRESENTANTES OFICIALMENTE DESIGNADOS :

SECTOR REPRESENTANTE
TITULAR ALTERNO
AGRICULTURA
(SENASA)
Ing. Josué Carrasco Valiente
Director General de la Dirección de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria
(jcarrasco@senasa.gob.pe)
Ing. Pedro Jesús Molina Salcedo
Director de la Subdirección de Inocuidad Agroalimentaria. Dirección de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria.
(pmolina@senasa.gob.pe)
PRODUCCION
(SANIPES)
Dra. Mónica Saavedra Chumbe
Presidenta Ejecutiva
(monica.saavedra@sanipes.gob.pe)
MV. Muriel María Gómez Sánchez Orezzoli
Directora (e) de la Dirección de Sanidad e Inocuidad
(muriel.gomez@sanipes.gob.pe)
DIGESA
(SALUD)
M.C. Héctor Danilo Villavicencio Muñoz
Director General
(hvillavicenciom@minsa.gob.pe)
Blgo. Mario Troyes Rivera
Director Ejecutivo de la Dirección de Certificaciones y Autorizaciones
(mtroyes@minsa.gob.pe)
Secretaria Técnica: M.V. Bertha Muñoz Veneros, (DIGESA)
(normalim@minsa.gob.pe)

ACTAS E INFORMES DE COMPIAL

TEMAS TRABAJADOS:

 

Creemos y estamos muy seguros y optimistas que la COMPIAL, se convertirá en un valioso instrumento para lograr la implementación de la Política de Inocuidad de alimentos y que logre articular los esfuerzos sectoriales en lo que consideramos una meta multisectorial: que los ciudadanos peruanos puedan ejercer su derecho a la inocuidad alimentaria, como un derecho a la Salud

BASE LEGAL

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO

VIDEOS COMPIAL

COMPIALES REGIONALES