VIGILANCIA SANITARIA DE JUGUETES Y ÚTILES DE ESCRITORIO - 2020
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Sobre la Vigilancia Sanitaria de Juguetes y Útiles de Escritorio
Objetivos
Verificar si los juguetes y/o útiles de escritorio cuentan con la autorización sanitaria respectiva, a fin de garantizar que no sean tóxicos o peligrosos para la salud de la población usuaria.
Marco legal
Ley General de Salud, Ley Nº 26842, Art. 96°, 97° y 98° (De las Sustancias y productos peligrosos para la salud) y su modificatoria, la Ley Nº 29712, Art. 105°, 106° y 122°.
Ley N° 27444: Ley de Procedimiento Administrativo General.
Ley N° 28376: Ley que prohíbe y sanciona la fabricación, importación, distribución y comercialización de juguetes y útiles de escritorios tóxicos o peligrosos.
Decreto Supremo Nº 008-2007-SA. Reglamento de la Ley Nº 28376, Ley que prohíbe y sanciona la fabricación, importación, distribución y comercialización de juguetes y útiles de escritorio tóxico o peligroso.
Decreto Supremo Nº 012-2007-SA. Modificatoria del Reglamento de la Ley Nº 28376.
Resolución Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales Nº 078-2008/CRT-INDECOPI que aprueba las Normas Técnicas Peruanas Nº 324.001-3 2008. Seguridad de los Juguetes. Parte 3: Migración de Ciertos Elementos. 1ª Edición y Nº 324.001- 4 2008. Seguridad de Juguetes. Parte 4: Rotulado. 1ª Edición.
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