La Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria – DIGESA, es el órgano de línea del Ministerio de Salud – MINSA, encargada de formular políticas, implementar estrategias e intervenciones dentro de un marco normativo, protegiendo la salud de la población.
Desde su creación, por Decreto Supremo N° 08 con fecha 14 de febrero de 1950, como el “Departamento de Ingeniería Sanitaria” dentro de la Dirección General de Salud Pública, como Unidad de Salud Ambiental; la actual DIGESA, ha ido evolucionando y modificando su ubicación en la estructura institucional del Ministerio de Salud-MINSA, pasando a ser División, Programa, Dirección y a partir de 1982 “Dirección General del Medio Ambiente”.
Dada la importancia de sus funciones en el cuidado de la salud ambiental, en 1986 toma el nombre de DITESA: “Dirección Técnica de Salud Ambiental”, y es a partir de 1990 que, con Decreto Legislativo N° 584 del 19 de abril, se denomina “Dirección General de Salud Ambiental - DIGESA”
En el año 1991, mediante Decreto Supremo N° 004-91-PCM, se declara en estado de reorganización a todas las entidades públicas del Gobierno Central, Gobiernos Regionales, instituciones públicas descentralizadas y corporaciones departamentales; por este mandato, la DIGESA define su estructura orgánica en Direcciones Ejecutivas, lo que a su vez fue aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-92-SA Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, en los últimos años ha ido incorporando a todos los aspectos ambientales del MINSA, como la Dirección de Saneamiento Básico Rural (DISABAR), en el año 1993, y al Instituto Nacional de Salud Ocupacional (INSO), en 1995.
La DIGESA, es el órgano técnico- normativo en los aspectos relacionados al saneamiento básico, salud ocupacional, higiene alimentaria, zoonosis y protección del ambiente, que norma y evalúa el proceso de salud ambiental, concerta el apoyo y articulación para el cumplimiento de sus normas con los organismos públicos y privados que apoyan o tienen responsabilidades en el control de los riesgos del ambiente; así como articula esfuerzos con otras instituciones del Estado que tienen acciones sobre los aspectos ambientales, teniendo como objetivo fundamental promover un ambiente saludable para toda la población.
El proceso de Salud Ambiental abarca aquellos aspectos de la salud y enfermedad humana que son determinados por factores ambientales y tiene como subprocesos: la formulación de políticas, la regulación sanitaria en salud ambiental, vigilancia y fiscalización; lo que para su cumplimiento debe elaborar leyes, normas técnicas, guías y directivas sanitarias, así como desarrollar actividades de asistencia técnica. Dichas actividades se desarrollaron hasta el 2017 a través de 4 direcciones ejecutivas y una unidad funcional que fueron:
Con el transcurrir de los años, el 5 de marzo de 2017 con Decreto Supremo N° 008-2017-SA, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y el 24 de abril de 2017, con Decreto Supremo N° 011-2017-SA., se modificó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, la DIGESA modificó su denominación como Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria y manteniendo las siglas de DIGESA, como consta en el indicado Decreto Supremo Artículo 79, destacando la función de velar la inocuidad de los alimentos, la cual comprende a los alimentos y bebidas destinadas al consumo humano y aditivos elaborados industrialmente de producción nacional o extranjera, con excepción de los alimentos pesqueros y acuícolas.
Además representa al Ministerio de Salud en el comité Nacional del Codex Alimentarius y a la Comisión Multisectorial Permanente de Inocuidad Alimentaria según lo establecido en las normas vigentes.
Actualmente, la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria -DIGESA cuenta con 3 direcciones ejecutivas que son:
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