Especialistas de la DIGESA capacitan a las DIRIS, DIRESAS y GERESAS en lo que respecta a la "Norma Sanitaria para la elaboración de bebidas alcohólicas vitivinícolas y sus derivados"

Con el objetivo de desarrollar estrategias para implementar de manera eficiente la normativa sanitaria Vitivinícola en MYPES de las regiones con mayor volumen de producción.

La Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria- DIGESA del Ministerio de Salud- MINSA, capacitó al personal de salud ambiental de las DIRIS, DIRESAS y GERESAS, en lo que respecta a la Norma Técnica de Salud N° 177 "Norma Sanitaria para la elaboración de bebidas alcohólicas vitivinícolas y sus derivados" el 11 de febrero de 2022, con el objetivo de desarrollar estrategias para implementar de manera eficiente la normativa sanitaria Vitivinícola en MYPES de las regiones con mayor volumen de producción.

En este sentido, en su desarrollo se destacaron diversos puntos relevantes de las estrategias de implementación de la mencionada norma como son las coordinaciones, la identificación de MYPES, el diagnostico sanitario de MYPES y la asistencia técnica que se deben implementar, todo con la finalidad de aportar a proteger la salud de la población, al establecer las disposiciones sanitarias que deben cumplir los establecimientos que elaboran bebidas alcohólicas vitivinícolas y sus derivados, para garantizar la inocuidad de sus productos.

Durante el desarrollo de la capacitación, se profundizaron las características mínimas que deben de considerar al evaluar los establecimientos con respecto a: ubicación y vías de acceso, estructura e instalaciones, servicios higiénicos y vestidores, así como el abastecimiento de agua (fundamental para la limpieza y el aseo personal), la disposición de aguas residuales y de residuos sólidos, condiciones sanitarias específicas de las áreas de proceso, entre otros.

De igual modo, se destacaron cuáles son las condiciones que deben de cumplir los manipuladores de alimentos, en donde se detalla que deben de hacerse controles médicos cada 6 meses de manera preventiva, así como avisar inmediatamente si presentan signos de enfermedad infecciosas para evitar la transmisión de enfermedades a través de loa manipulación de alimentos. De igual modo, se destaca la importancia de una rigurosa higiene, una vestimenta adecuada y el cumplimiento estricto de los Principios Generales de Higiene – PGH, el cual integra al Programa de Buenas Prácticas de Manufactura- BPM y el Programa de Higiene y Saneamiento- PHS.

Es importante mencionar que, al momento de elaborar la mencionada norma, los profesionales de la DIGESA consideraron sumamente importante trabajar articuladamente con medianos y pequeños productores, motivo por el cual se recibieron sus valiosos aportes. Considerar la opinión de las asociaciones productoras artesanales que elaboran bebidas alcohólicas vitivinícolas y sus derivados permite aportar a la reactivación económica del país, dado que son ellos los que implementarán las condiciones sanitarias que se establecen en la norma, por ser parte de la cadena productiva vitivinícola.

Cabe recalcar que, la Norma Técnica Sanitaria es de aplicación a nivel nacional y comprende a todos los establecimientos que fabrican, elaboran y/o fraccionan bebidas alcohólicas y vitivinícolas y sus derivados, donde asume la responsabilidad a nivel nacional el MINSA a través de la DIGESA, brindado asistencias técnicas, realizando vigilancias sanitarias y otorgando la certificación de los PGH. De igual modo, se cuenta con el apoyo de las DIRESAS, GERESAS y DIRIS en sus jurisdicciones para la difusión de la Norma y con el de las municipalidades en el ámbito local.

Lince, 15 de febrero de 2022