Asimismo, hizo hincapié que el uso de piscinas públicas con fines recreativos sigue siendo prohibido
La Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria – DIGESA, del Ministerio de salud, realizó el 26 de enero una capacitación virtual dirigida a profesionales de salud ambiental de las DIRIS, DIRESAS y GERESAS, administradores de piscinas públicas y privadas y población en general, en lo referente a lo que establece la "Directiva Sanitaria para el uso de piscinas públicas y privadas de uso colectivo en el marco de la COVID-19".
Ante esto, los profesionales de la Dirección de Control y Vigilancia de la DIGESA, desarrollaron los puntos más resaltantes en el uso de estos espacios, con la finalidad de contribuir a que se adopten las medidas generales de bioseguridad para controlar y disminuir el riesgo de transmisión del SARS-CoV-2 en las Piscinas Públicas y Privadas de Uso Colectivo, proporcionando un ambiente seguro y saludable para la población.
En ese sentido, la mencionada Directiva Sanitaria fortalece el rol de "Rectoría Sectorial del Ministerio de Salud" y la necesidad de disminuir el riesgo de transmisión del SARS-CoV-2 en las personas durante su permanencia en estos espacios, resaltando que se debe de cumplir con lo siguiente:
Estas disposiciones fueron desarrolladas durante la capacitación, resaltándose que, se aplican a nivel nacional en todas las piscinas públicas y privadas de uso común
Es importante mencionar que, en la capacitación se hizo hincapié que la "Directiva Sanitaria para el uso de piscinas públicas y privadas de uso colectivo en el marco de la covid-19", aprobada el 31 de diciembre mediante Resolución Ministerial N°1356-2021/MINSA, no autoriza el funcionamiento de las piscinas para uso recreativo, ya que sigue siendo prohibido. La disposición, establecida en el artículo 12 del Decreto Supremo N° 184-2020-PCM, se encuentra aún vigente y permite el uso de piscinas solo para la realización de actividades formativas o terapéuticas en espacios al aire libre, previo cumplimiento de los protocolos aprobados por la Autoridad Sanitaria Nacional.
La DIGESA exhorta a las autoridades sanitarias (DIRIS, DIRESAS, GERESAS o las que hagan sus veces), así como a los gobiernos locales y personas naturales o jurídicas que administren piscinas públicas o privadas de uso colectivo, el cumplimiento de estas disposiciones, con el fin de salvaguardar la salud de la población.
Lince, 28 de enero de 2022
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