DIGESA establece criterios para identificar muestras de alimentos industrializados sin valor comercial que no requieran registro sanitario

Con el objetivo de contribuir al control y evaluación técnico-sanitaria de los alimentos elaborados industrialmente para ser considerados como muestras sin valor comercial, la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria-DIGESA del Ministerio de Salud, aprobó la Directiva Sanitaria N° 116-MINSA/2020/DIGESA: "Directiva Sanitaria para identificar los alimentos elaborados industrialmente".

La importancia de su aprobación es la de proteger la salud de las personas que van a consumir muestras de alimentos industrializados que no requieren registro sanitario, a través de las normas que establece DIGESA para evaluar si califican como muestras sin valor comercial o no, como son por ejemplo los que se ofrecen en una feria alimentaria, los que se dan a deportistas en eventos deportivos, las degustaciones para introducir un nuevo producto en el mercado peruano, etc.

En este sentido, la Directiva atiende un vacío normativo para las muestras de alimentos sin valor comercial, lo cual permite contribuir a la reactivación económica en el marco de la Covid-19 con reglas claras para todos los productores interesados, ya que no requerirán sacar registro sanitario para brindar sus productos.

Cabe recalcar que, se encuentran fuera del ámbito de la Directiva los alimentos elaborados industrialmente para consumo humano que acompañan al pasajero como equipaje, sujetos a lo dispuesto por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) ni los que son de origen animal que requieran cumplir requisitos de sanidad animal bajo competencia del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA).

Lince, 22 de octubre de 2020