DIGESA tiene competencias importantes en el cumplimiento del Decreto Supremo que aprueba el “Reglamento de la Ley 31315 de Seguridad Alimentaria y Nutricional”

 

La Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria- DIGESA, del Ministerio de Salud- MINSA, tiene competencias importantes en el cumplimiento del DS N° 003-2024-MIDAGRI: “Reglamento de la Ley 31315 de Seguridad Alimentaria y Nutricional”, al ser en el Perú la Autoridad Sanitaria Nacional en Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria.

En este sentido, el DS Nº 003-2024-MIDAGRI, el cual fue publicado el 01 de marzo del 2024, contribuye al desarrollo e implementación de políticas públicas que garanticen el derecho de la población al acceso permanente a una alimentación saludable, promoviendo un entorno favorable para la transformación de los sistemas alimentarios hacia sistemas sostenibles, para lo cual dispone como mecanismo la Política Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional, que se construye con la participación efectiva de los actores de los sistemas alimentarios y articula las intervenciones de las entidades involucradas.

En ese sentido, la DIGESA, en su calidad de Autoridad Sanitaria Nacional en Inocuidad Alimentaria, velará a nivel nacional por el cumplimiento de lo que compete a los productos industrializados, exigiendo el cumplimiento de los Principios Generales de Higiene- PGH que establece el Comité del Codex Alimentarius (el cual preside la DIGESA) o con el Sistema de Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control (HACCP), los cuales son patrones de referencia para la vigilancia sanitaria, según el riesgo sanitario de los alimentos procesados.

Bajo esta perspectiva, la DIGESA viene trabajando con las pequeñas producciones queseras para que logren la certificación sanitaria del Sistema Integrado de Producción (SIP) que se otorga a las organizaciones de MyPES y personas naturales que elaboran estos productos.

De igual modo, representando al Sector Salud, la DIGESA comparte la responsabilidad, junto al MIDAGRI y a PRODUCE, de realizar actividades de fortalecimiento de capacidades en la vigilancia sanitaria de los alimentos, para el desarrollo de cadenas de producción de alimentos seguros a nivel nacional, articulando con las dependencias desconcentradas del Ministerio de Salud (DIRIS), con los Gobiernos Regionales (DIRESA/GERESA), así como con los Gobiernos Locales (municipalidades).

Lince, 12 de marzo de 2024