¡MINSA aprueba la Directiva Sanitaria "Norma Sanitaria para mercado de abastos de alimentos"

La DIGESA es la entidad responsable de velar por su cumplimiento a nivel nacional

La Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad alimentaria- DIGESA del Ministerio de Salud, elaboró la Directiva Sanitaria N° 205-MINSA/DIGESA-2023: "Norma Sanitaria para mercados de abasto de alimentos", aprobada con Resolución Ministerial N° 631-2023/MINSA de fecha 6 de julio del 2023, y con el objetivo primordial de establecer los principios generales de higiene que deben aplicarse en los mercados de abasto para proteger la salud de la población que adquiere y consume alimentos en estos espacios.

Al respecto, la Directiva Sanitaria detalla aspectos de las características mínimas indispensables que los mercados deben de aplicar, desde que se adquieren los alimentos en la central de abastos, hasta que se entregan a los consumidores finales, tales como: contar con sistema de refrigeración en caso se amerite, evitar el contacto de los alimentos con el piso, contar con transito fluido en los pasadizos a la hora de instalarse en los puestos del mercado, contar con bandejas de material inoxidable con hielo a la hora de exhibir alimentos marinos, contar con personal manipulador con vestimenta adecuada e higienizada, etc. Además, todos los mercados deben contar con servicios higiénicos que dispongan de agua.

Es importante mencionar que, los mercados de abasto están sujetos a la vigilancia sanitaria por parte de la autoridad municipal, según jurisdicción. Esta vigilancia puede responder, entre otros, a una fiscalización del cumplimiento de la presenta Norma Sanitaria, a una vigilancia post certificación de Principios Generales de Higiene, a un proceso de rastreabilidad por alerta sanitaria, en atención a quejas, reclamos, operativos con el Ministerio Público, eventos epidemiológicos, así como a otros por situaciones de riesgo para la salud de los consumidores.

La presente norma sanitaria es de cumplimiento obligatorio a nivel nacional por parte de los propietarios, administradores, comercializadores, distribuidores y manipuladores de los alimentos de estos espacios. La DIGESA será la entidad responsable de difundir la presente norma, así como de brindar asistencia técnica y supervisar su aplicación, en el marco de sus competencias. En el ámbito regional y local, las DIRIS, DIRESAS, GERESAS o las que hagan de sus veces, vigilarán la aplicación de la presente directiva.

La DIGESA protege la salud de la población previniendo riesgos para la inocuidad de los alimentos en la cadena alimentaria, a través de la vigilancia y supervigilancia de los mercados de abastos, a fin de cuidar la salud de la población.

Para revisar la "Norma Sanitaria para mercado de abastos de alimentos", dar clic aquí:

https://www.gob.pe/institucion/minsa/normas-legales/4391288-631-2023-minsa

Lince, 07 de Julio de 2023