El Ministerio de Salud- MINSA, aprobó a través de la Resolución Ministerial N° 298-2025/MINSA, de fecha 28 de abril de 2025, la "Directiva Administrativa para la elaboración y evaluación de los Programas de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora", con el objetivo general de estandarizar la información de contenido en los programas de vigilancia y monitoreo de la contaminación sonora que las municipalidades provinciales y distritales remiten a la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria- DIGESA, en el marco del "Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido".
En este sentido, la DIGESA, en su calidad de Autoridad Sanitaria Nacional en Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria, brindará asistencia técnica para su implementación y supervisión de su cumplimiento a nivel nacional, el cual permitirá que las municipalidades puedan presentar correctamente sus respectivos programas de vigilancia y monitoreo de la contaminación sonora. Asimismo, los especialistas capacitados en monitoreo de ruido y/o acústica de la DIGESA serán los encargados de evaluar los programas presentados, para que finalmente sean calificados como "aprobado" o "no aprobado", según corresponda.
La Directiva Administrativa, la cual es de aplicación obligatoria, tiene como finalidad contribuir a la salud pública con el control eficaz de la calidad ambiental para ruido y la contaminación sonora en el país, a través de la homogenización de la información contenida en los Programas de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora de las municipalidades del Perú.
Para revisar la directiva administrativa, dar clic aquí:
https://www.gob.pe/institucion/minsa/normas-legales/6720684-298-2025-minsa
Lince, 29 de Abril de 2025
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