Texto Único de Procedimientos Administrativos - (TUPA)

Procedimiento

Aprobación de Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado (EIA-sd), o Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA) para proyectos de inversión pública ó privada de Establecimientos de salud y servicios médicos de apoyo públicos y privados, establecimientos de atención veterinaria y afines, y cementerios y crematorios.

Base Legal

  • Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, del 25/09/09, Artículo 18°.
  • Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM, Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, del 25/09/09, Anexo II, Artículo 8°, 28° y 30°.
  • Ley N° 29968, Ley de Creación del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE), del 20/12/12, Artículo 3°.
  • Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, del 11/04/01 Artículo 44°.
  • Ley N° 29060, Ley del Silencio Administrativo, del 07/07/07. Primera Disposición Transitoria, Complementaria y Final.

Inicio del Procedimiento

Ventanilla Única de Comercio Exterior VUCE: www.vuce.gob.pe

Requisitos

  1. Solicitud Única de Comercio Exterior (SUCE) www.vuce.gob.pe. Para Obtener N° de SUCE deberá tramitarlo con su Código de Pago Bancario (CPB).

I. Aprobación del Estudio de Impacto Ambiental (EIA-sd)

  1. En el campo correspondiente ingresar el N° de la R.D. de Clasificación y Aprobación de los Términos de referencia del EIA.
  2. Estudio de Impacto Ambiental suscrito por el titular del proyecto y los profesionales responsables del EIA.

II. Aprobación de Programa de Manejo y Adecuación Ambiental

  1. Solicitud Única de Comercio Exterior (SUCE) www.vuce.gob.pe. Para Obtener N° de SUCE deberá tramitarlo con su Código de Pago Bancario (CPB).
  2. Programa de adecuación y manejo Ambiental, suscrito por los responsables, elaborado de acuerdo a la infraestructura existente, suscrito por el profesional responsable del estudio y los especialistas correspondientes.

III. Para Modificatorias o Ampliaciones de proyectos ya aprobados

  1. Planes que contenga los Estudios Ambientales actualizados: Manejo Manejo Ambiental; Vigilancia Ambiental; Contingencias; Compensación (de corresponder) y Cierre o Abandono.

Nota:
El expediente del EIA, deberá contener todos los Items considerados en el Anexo III del Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM.
Las Actualizaciones pueden ser solicitadas antes de transcurrir los 5 años previstos en la normatividad. Artículo N° 78 del Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM.

  1. Declaracion Jurada