Modificaciones e incorporaciones al D.S. 007-98-SA amplía plazo de vigencia de Certificación de Validación Técnica Oficial del Plan HACCP de uno a dos años

DIGESA: Exportadores estarán habilitados sanitariamente si cuentan con plan HACCP

La Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA) del Ministerio de Salud, en el marco de la simplificación administrativa incorporó y modificó algunos artículos del Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de los Alimentos y Bebidas, aprobados por Decreto Supremo N° 007-98-SA

Entre los puntos más destacados se encuentra que toda empresa exportadora que cuente con la certificación de la Validación Técnica Oficial del Plan HACCP para una determinada línea de producción, otorgada por la Autoridad de Salud a nivel nacional, será considerada habilitada sanitariamente, por lo tanto ya no tendrá que solicitar este procedimiento administrativo.

Es importante precisar que las empresas que cuentan con HACCP, implementan controles durante todo el proceso productivo garantizando la inocuidad de los productos, siendo este un factor importante de garantía al consumidor.

Entre las modificaciones también se destaca la ampliación del plazo de vigencia de uno (1) a dos (2) años del Certificado de Validación Técnica Oficial del Plan HACCP. Cabe precisar que las empresas deberán mantener las condiciones durante todo el periodo de vigencia de la certificación.

Otro beneficio que se obtendrá es que las empresas exportadoras podrán presentar informes de laboratorios, no solo acreditados por INDECOPI, sino también de aquellos que estén autorizados por algún organismo acreditador extranjero que cuente con el reconocimiento internacional y que sea parte del acuerdo de Reconocimiento Mutuo de ILAC (International Accreditation Cooperation) o del IAAC (Inter American Accreditation Cooperation).

"Con estas incorporaciones, la Digesa continúa con los procesos de simplificación administrativa, haciendo más sencillos y dinámicos estos procedimientos relacionados a la inocuidad alimentaria, tanto a las importaciones como a las exportaciones, contribuyendo a que los productos peruanos cumplan con los estándares de calidad e inocuidad", precisó la MBA. Mónica Saavedra Chumbe, directora general de la Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA) del Ministerio de Salud.

Mypes

Finalmente, el Decreto Supremo 004-2014-SA, publicado en el diario oficial El Peruano, establece que las Micro y Pequeñas Empresas (Mypes) tienen un plazo de dos años para obtener la certificación de Principios Generales de Higiene, la misma que involucra la aplicación de las Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) y el Programa de Higiene y Saneamiento (PGH).

Con esta disposición, las Mypes podrán contar con esta certificación, garantizando a los consumidores la inocuidad de los alimentos producidos por este importante sector empresarial del país.

Lima, 03 de abril 2014