Texto Único de Procedimientos Administrativos - (TUPA)

Procedimiento

Autorización sanitaria para la exportación de residuos sólidos.

Base Legal

  • Ley N° 27314, Ley General de Residuos Sólidos, del 21/07/00, Artículo 13°.
  • Decreto Supremo N° 057-2004-PCM, Reglamento de la Ley N° 27314, Ley General de Residuos Sólidos, del 24/07/04, Artículo 94°, 95°, 96° y 98°.
  • Decreto Supremo N° 010-2010-MINCETUR, Establecen disposiciones reglamentarias referidas a la VUCE, del 09/07/10, Artículo 2°, 4° y 5°.
  • Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, del 11/04/01.
  • Ley N° 29060, Ley del Silencio Administrativo, del 07/07/07
    Primera Disposición Transitoria, Complementaria y Final.

Inicio del Procedimiento

Ventanilla Única de Comercio Exterior VUCE: www.vuce.gob.pe

Requisitos

  1. Solicitud Única de Comercio Exterior (SUCE) www.vuce.gob.pe. Para Obtener N° de SUCE deberá tramitarlo con su Código de Pago Bancario (CPB).
  2. En el campo correspondiente ingresar el el N° de Registro de Empresa Comercializadora de Residuos Sólidos EC-RS, según corresponda.
  3. Notificación al País importador para los residuos comprendidos en el anexo 4 (Lista A) del Reglamento de la Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Sólidos, aprobado por Decreto Supremo N° 057-2004-PCM.
    Para los residuos comprendidos en el anexo 5 del citado Reglamento (lista B), sólo si contienen materiales o sustancias del anexo 1 del Convenio Basilea en una cantidad tal que les confiera una de las características del anexo 6 del Reglamento de la Ley General de Residuos Sólidos, aprobado por Decreto Supremo N° 057-2004-PCM.
  4. Certificado de análisis que corresponda (físico, químico, radiológico, microbiológico, toxicológico u otro).
  5. Memoria descriptiva del proceso al que será sometido el residuo.