Texto Único de Procedimientos Administrativos - (TUPA)

Procedimiento

Clasificación y Aprobación de los Términos de Referencia del Estudio Ambiental de proyectos de infraestructuras de transferencia, tratamiento y disposición final de residuos sólidos para las Categorías II (EIA-sd) y III (EIA-d) ó Certificación ambiental para la Categoría I (DIA)

Base Legal

. Ley N° 27314, Ley General de Residuos Sólidos, del 21/07/00, Artículo 31º
. Decreto Legislativo N° 1065, Modifica la Ley N° 27314, Ley General de Residuos Sólidos, del 28/06/08.
. Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, del 23/04/01.
. Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM, Reglamento de la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, del 25/09/2009, Artículo 8°, 41°, 43° y 45°.
. Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, del 11/04/01 Artículo 44°.
. Ley N° 29060, Ley del Silencio Administrativo, del 07/07/07,
Primera Disposición Transitoria, Complementaria y Final.

Inicio del Procedimiento

Trámite Documentario DIGESA

Requisitos

    En caso se proponga la Categoría I (DIA), deberá presentar:
  1. Solicitud dirigida al/la Director/a Ejecutivo/a/a de la Dirección de Salud Ambiental de la DIGESA, con carácter de Declaración Jurada, que contenga N° de RUC y domicilio legal, firmada por el representante legal del titular del proyecto, precisando si los residuos sólidos son del ámbito de gestión municipal o no municipal.
  2. Un (01) ejemplar impreso y en formato electrónico del expediente para Evaluación Preliminar, suscrito por el profesional responsable del estudio y los especialistas correspondientes.
  3. Certificado de compatibilidad de uso del terreno, otorgado por la municipalidad provincial correspondiente en el que debe indicar la extensión del área del proyecto.
  4. Opinión técnica favorable del Estudio de Selección de Área para infraestructuras de residuos sólidos, emitida por la Dirección Regional de Salud de la jurisdicción (adjuntando copia del Estudio de selección de Área).
  5. Resultados del monitoreo ambiental basal (aire, agua, ruido y suelo) de antigüedad no mayor a un (01) año, realizado por un laboratorio acreditado en INACAL, suscrito por el profesional responsable.
  6. Estudio topográfico, geológico y geotécnico para plantas de transferencia y tratamiento. Para rellenos sanitarios debe presentar adicionalmente, estudios hidrológicos e hidrogeológicos de fuentes secundarias, del área de influencia del proyecto, suscritos y con la interpretación de los profesionales responsables.
  7. Constancia de no afectación de restos arqueológicos o la copia de la Resolución que aprueba el Plan de Monitoreo Arqueológico, otorgado por la autoridad competente, el mismo que debe dar referencia de la ubicación, área y las coordenadas de la infraestructura.
  8. Informe de Vulnerabilidad y Estimación de Riesgos por desastres naturales (derrumbes, inundaciones, deslizamientos, etc.), emitido por el Comité Regional de Defensa Civil el mismo que debe dar referencia específica al área del proyecto.
  9. Constancia de no afectación de restos arqueológicos o la copia de la Resolución que prueba el Plan de Monitoreo Arqueológico, otorgado por la autoridad competente, el mismo que debe dar referencia de la ubicación, área y las coordenadas de la infraestructura.
  10. Pago por Derecho de Trámite.

    En caso se proponga la Categoría II y III, deberá presentar:
  1. Solicitud según requisito 1.
  2. Presentación de los requisitos 2, 3 y 4.
  3. Propuesta de Términos de Referencia.