Texto Único de Procedimientos Administrativos - (TUPA)

Procedimiento

Aprobación del Estudio de Impacto Ambiental (EIA-sd) de instalaciones de comercialización de residuos sólidos y el otorgamiento de la Certificación ambiental.

Base Legal

  • Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, del 23/04/01, Artículo 18°.
  • Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM, Reglamento de la Ley N° 27446,Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, del 25/09/09, anexo II.
  • Decreto Supremo N° 057-2004-PCM, Reglamento de la Ley N° 27314, Ley General de Residuos Sólidos, del 24/07/04, Artículo 58º.
  • Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, del 11/04/01 Artículo 44°.
  • Ley N° 29060, Ley del Silencio Administrativo, del 07/07/07. Primera Disposición Transitoria, Complementaria y Final.

Inicio del Procedimiento

Ventanilla Única de Comercio Exterior VUCE: www.vuce.gob.pe

Requisitos

  1. Solicitud Única de Comercio Exterior (SUCE) www.vuce.gob.pe. Para Obtener N° de SUCE deberá tramitarlo con su Código de Pago Bancario (CPB).
  2. Información respecto al titular del proyecto, adjuntando los documentos que sustentan su titularidad, según el tipo de proyecto.
  3. Estudio de Impacto Ambiental (EIA-sd), suscrito por los profesionales responsables en cada una de sus hojas, conteniendo la información de los Términos de Referencia y las constancias de habilitación profesional respectiva.
  4. Información del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el estado (SERNANP) en donde se señala la no afectación de áreas naturales protegidas por el Estado.
  5. Documento que acredite la compatibilidad de uso otorgado por la municipalidad correspondiente.
  6. Constancia de no afectación de restos arqueológicos o la copia de la Resolución que aprueba el Plan de Monitoreo Arqueológico, otorgado por la autoridad competente, el mismo que debe dar referencia de la ubicación, área y las coordenadas de la infraestructura.