DIGESA

Dirección de Salud Ocupacional

    PREGUNTAS FRECUENTES PARA EL REGISTRO DE ACREDITACION DE SERVICIOS DE APOYO AL MÉDICO OCUPACIONAL (SAMO)

a. ¿Cuál es el marco legal que respalda el Registro de Acreditación del Servicio de Apoyo al Médico Ocupacional?

  • Ley N° 26842, Ley General de Salud.
  • Ley N° 29783 Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, modificada por Ley 30222.
  • Decreto Supremo N° 005-2012-TR Reglamento de Seguridad y Salud en el trabajo, modificado por DS 006-2014.
  • Resolución Ministerial N°312-2011/MINSA.
  • Resolución Ministerial N°004-2014/MINSA.
  • Resolución Ministerial N°004-2014/MINSA.
  • Resolución Ministerial N°571-2014/MINSA.

b. ¿Quiénes deben Acreditarse?

Todo Establecimiento de Salud que oferte actividades de Vigilancia de la Salud de los Trabajadores, deberá contar con el documento denominado "REGISTRO DE ACREDITACION DE SERVICIOS DE APOYO AL MEDICO OCUPACIONAL", otorgado por la Autoridad de Salud competente de nivel nacional o regional, según corresponda.

c. ¿Cuáles son los requisitos para el Registro de Acreditación del Servicio de Apoyo al Médico Ocupacional?

La información se encuentra descrita en el link: Requisitos para el registro de acreditación de servicios de apoyo al médico ocupacional

d. ¿Cuál es el plazo de vigencia del Registro del SAMO?

El Registro del Servicio de Apoyo al Médico Ocupacional (SAMO) tiene una vigencia de un (01) AÑO.

e. ¿Cuáles son los Requisitos para el cambio del Médico Responsable o personal del SAMO?

La solicitud de cambio del personal deberá ser presentada a la brevedad a la autoridad de salud competente, adjuntando la documentación descrita en el ítem 3, 5 de los requisitos. En el link: Requisitos Registro de Acreditación SAMO

f. ¿Cuáles son los Requisitos para el Cambio del Equipo Biomédico?

La solicitud de cambio de equipos deberá ser presentada a la brevedad a la autoridad de salud competente, adjuntando la documentación descrita en el ítem 6 de los requisitos. En el link: Requisitos Registro de Acreditación SAMO

g. ¿A quien se le denomina Médico Ocupacional?

Al Médico Cirujano con segunda especialidad en Medicina Ocupacional y Medio Ambiente o Medicina del Trabajo, debidamente titulado y registrado en el Colegio Médico del Perú.

h. ¿Cuáles son los requisitos para ser MÉDICO RESPONSABLE DEL SAMO? (*)

3.1 Médico Cirujano con Segunda Especialidad en Medicina Ocupacional y Medio Ambiente o Medicina del Trabajo.

3.2 Médico Cirujano con Maestría en Salud Ocupacional o Maestría en Salud Ocupacional y Ambiental o Maestría en Medicina Ocupacional y Medio Ambiente.

3.3 Médico Cirujano de acuerdo a los Artículos 2° y 3° de la RM n° 004-2014/MINSA.

i. ¿Con que documentación debe contar el Médico Cirujano que se encuentra dentro de los alcances de los Artículos 2° y 3° de la RM N°004-2014/MINSA?

Excepcionalmente por un plazo de tres (3) años contados a partir del día siguiente de la publicación de la Resolución Ministerial RM N°004-2014/MINSA, los médicos cirujanos que cuenten con la siguiente documentación podrán ser considerados como Médico Responsable del SAMO:

MÉDICO RESPONSABLE PERIODO EXCEPCIONAL 3 AÑOS ( HASTA EL 04.01.2017)
REQUISITOS EXPERIENCIA
MÉDICO CIRUJANO EGRESADO DE MAESTRÍA

1.- Egresado de la Maestría en Salud Ocupacional o Maestría en Salud Ocupacional y Medio Ambiente y Curso de Pruebas Funcionales en Salud Ocupacional, y,

2.- Un Curso que incluya pruebas funcionales en Salud Ocupacional, con un mínimo de cuarenta y ocho (48) horas, dictado y certificado por una universidad pública o privada con Escuela o Facultad de Medicina o de Ciencias de la Salud o por el Instituto Nacional de Salud en coordinación con la Dirección General de Salud Ambiental.

Mínimo de un (1) año de experiencia en medicina del trabajo o salud ocupacional

Para efecto de sustentar la experiencia en medicina del trabajo o salud ocupacional, se deberá presentar cualquiera de los siguientes documentos:

1.- Constancia de haber desarrollado la vigilancia de la salud de los trabajadores (precisando la actividad/función que realizó) en establecimientos de salud públicos y/o privados, debidamente registrados y categorizados por la autoridad de salud competente.

2.- Constancia de haber desarrollado la vigilancia de la salud de los trabajadores en una empresa o entidad productiva de servicios, pública y/o privada. Para este efecto el establecimiento (unidad o área) de salud propio de la empresa o entidad donde se haya realizado la actividad de vigilancia de la salud de los trabajadores debe encontrarse registrada y categorizada por la autoridad de salud competente.

MÉDICO CIRUJANO CON DIPLOMADO

1.- Diplomado en Salud Ocupacional de un mínimo de treinta y seis (36) créditos, expedido por una Escuela o Facultad de Medicina o de Ciencias de la Salud de una universidad pública o privada, y,

2.- Un curso que incluya pruebas funcionales en Salud Ocupacional, con un mínimo de cuarenta y ocho (48) horas, dictado y certificado por una universidad pública o privada con Escuela o Facultad de Medicina o de Ciencias de la Salud o por el Instituto Nacional de Salud en coordinación con la Dirección General de Salud Ambiental.

Mínimo de tres (3) años de experiencia en medicina del trabajo o salud ocupacional.

Para efecto de sustentar la experiencia en medicina del trabajo o salud ocupacional, se deberá presentar cualquiera de los siguientes documentos:

1.- Constancia de haber desarrollado la vigilancia de la salud de los trabajadores (precisando la actividad/función que realizó) en establecimientos de salud públicos y/o privados, debidamente registrados y categorizados por la autoridad de salud competente.

2.- Constancia de haber desarrollado la vigilancia de la salud de los trabajadores en una empresa o entidad productiva de servicios, pública y/o privada. Para este efecto el establecimiento (unidad o área) de salud propio de la empresa o entidad donde se haya realizado la actividad de vigilancia de la salud de los trabajadores debe encontrarse registrada y categorizada por la autoridad de salud competente.

j. ¿Con cuántas horas debe contar el Diplomado de 36 Créditos* descrito en el artículos 2° de la R.M. N°004-2014/MINSA?

Diplomado de 36 Créditos expedido por una facultad de Medicina o Ciencias de la Salud de una Universidad Pública o Privada, debe contar con un total de 576 horas académicas. *Resolución del Consejo Nacional del Colegio Médico del Perú 880-CN-CMP-2011 (1 Crédito = 16 horas teóricas)

k. ¿Con qué características deben contar los documentos de calibración de equipos del SAMO?

El Audiómetro, debe contar con certificado de calibración vigente, con los requerimientos técnicos según normativa o estándares nacionales o internacionales.

Del Espirómetro, el certificado de calibración debe mencionar los criterios de estandarización de Instituciones nacional o Internacionales.

La Cabina Audiométrica, debe contar con el Informe de Técnico de evaluación de niveles de ruido, según estándares nacional o Internacionales.

l. ¿Quién realiza el Registro de Acreditación del Servicio de Apoyo al Médico Ocupacional en Regiones?

La información se encuentra descrita en el link: Regiones de salud que realizan el registro acreditación de servicios de apoyo al médico ocupacional

m. ¿Quién realiza el Registro de Acreditación del Servicio de Apoyo al Médico Ocupacional en las Regiones que no se encuentran en la lista precedente ?

Los establecimientos de salud públicos y privados que no pertenecen a estas Regiones y requieran ser Acreditados como Servicios de Apoyo al Médico Ocupacional, deberán presentar su solicitud a la DIRECCION GENERAL DE SALUD AMBIENTAL – DIGESA, cito calle Las Amapolas N° 350, Urb. San Eugenio, Lince (Lima 14) Lima – Perú, Teléfono (511) 631-4430

n. ¿Qué actividades realiza el Médico Responsable del Servicio de Apoyo al Médico Ocupacional?

Participará en las actividades de seguridad y salud en el trabajo de la empresa o entidad que involucren la prevención de accidentes de trabajo, incidentes peligros, enfermedades relacionadas al trabajo, enfermedades profesionales y principalmente la vigilancia de la salud de los trabajadores a través del diagnóstico precoz e igualmente asesoramiento para la reinserción laboral de trabajador.