Dirección de Fiscalización en Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria

La Dirección de Fiscalización (DFS) es un Órgano de Línea de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria, la misma que para cumplir con los objetivos establecidos en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud debe realizar las siguientes funciones.

Funciones

  • Realizar acciones de fiscalización y sanción conforme a la normatividad vigente, en materia de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria.
  • Conducir la fase de instrucción y sanción del procedimiento administrativo sancionador.
  • Proponer y verificar el cumplimiento de las medidas correctivas o de carácter provisional dentro de las acciones de fiscalización.
  • Dictar medidas cautelares u otras medidas destinadas a garantizar la protección de salud.
  • Remitir información de las sanciones impuestas al Ministerio de Salud para las acciones de cobranza coactiva.
  • Iniciar procedimiento administrativo sancionador en materia de sus competencias.
  • Formular normas, lineamientos técnicos, metodología, procedimientos, protocolos y demás vinculados a la fiscalización y sanción en materia de Salud Ambiental e Inocuidad alimentaria.
  • Administrar y mantener actualizado el registro de sanciones.
  • Emitir opinión técnica en el ámbito de su competencia.
  • Brindar asistencia técnica y capacitación a los diferentes niveles de gobierno, en materia de su competencia.
  • Formular, desarrollar y difundir estudios, investigaciones y evaluaciones en materia de su competencia.
  • Implementar las acciones para el adecuado cumplimiento de las funciones asignadas.
  • Resolver en primera instancia los procedimientos sancionadores.
  • Desarrollar acciones orientadas a la mejora continua de los procesos relacionados con su competencia.
  • Desarrollar las acciones de implementación del sistema integrado de gestión de la calidad y otras orientadas a la mejora continua de los procesos relacionados con su competencia.
  • Las demás funciones que le corresponda de acuerdo a las disposiciones legales vigentes y aquellas que le asigne el/la Director/a General de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria.