Comunicado sobre analisis de 8 elementos en laboratorios

Mediante el presente hacemos de conocimiento a todos los laboratorios del país, públicos y privados y a la colectividad en general que habiéndose cumplido el periodo transitorio de aplicación del Reglamento de la Ley Nº 28376, Ley que prohíbe y sanciona la fabricación, importación, distribución y comercialización de juguetes y útiles de escritorios tóxicos o peligrosos, D.S. Nº 008-2007-SA y su modificatoria el D.S. Nº 012-2007-SA, el día 16/03/2008; periodo durante el cual se aceptaron los ensayos para los tres elementos (cadmio, cromo y plomo) basados en procedimientos de acuerdo a las Normas Internacionales ASTM F-963, EN-71: Parte 3 e ISO 8124, a la fecha solo aceptaran aquellos reportes de ensayos realizados para juguetes y/o útiles de escritorio por laboratorios acreditados nacionales o internacionales que incluyan como mínimo los 8 elementos (plomo, arsénico, cadmio, cromo, bario, antimonio, mercurio y selenio) y otros según corresponda.

Por otro lado, se invoca a todos los laboratorios del ámbito nacional que deseen continuar realizando los ensayos para juguetes y/o útiles de escritorio necesariamente deberán acreditarse en el menor tiempo posible ante el INDECOPI.

La DIGESA agradece su valiosa comprensión y colaboración para el cumplimiento del objetivo que es “salvaguardar la salud de los niños, y de la población usuaria en general garantizando la no toxicidad de juguetes y/o útiles de escritorio en el mercado peruano”.

Lince 11 de abril de 2008