VIGILANCIA SANITARIA DE DESINFECTANTES Y PLAGUICIDAS - 2020
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Sobre la vigilancia sanitaria
Objetivos
Efectuar una adecuada vigilancia sanitaria a las empresas que fabrican y/o importan productos con propiedad desinfectante y plaguicidas de uso en el ámbito doméstico, industrial y salud pública.
Identificar, durante la vigilancia sanitaria, los productos que se encuentran comercializando y distribuyendo en el ámbito nacional.
Contribuir a garantizar que los productos cuenten con la Autorización Sanitaria y/o NSO, para proteger la salud y la integridad física de los consumidores.
Marco legal
Ley N° 26842: Ley General de Salud, Art. 96°, 97° y 98°.
Ley General de Salud, Ley N.° 26842 y su modificatoria, la Ley N.° 29712, Art. 105°, 106° y 122°.
Decisión 706, Armonización de legislaciones en materia de productos de higiene doméstica y productos adsorbentes de higiene personal.
Ley Nº 27444: Ley de Procedimiento Administrativo General, Art. 44.
Ley N° 27658, Reglamento de Organización y Funciones - ROF.